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Tras la Providencia vino el Auto y se acabó, de momento, el culebrón Telegram. El juez reconoce que la medida acordada era "excesiva y no proporcional", además de inidónea por el eventual uso de VPN o Proxy.
Otro punto a destacar es que el juez considera que, en cualquier caso, no se ve afectado el derecho constitucional a la libertad de expresión e información. El Auto también destaca que "ahora no se trata de "juzgar" a Telegram", en respuesta a las manifestaciones de algunos medios sobre el supuesto "pulso" que la plataforma está echando al Estado de Derecho. Finalmente, despeja el balón hacia el legislador, <<ya no solo para evitar aquel "pulso">>, sino incluso también para el proceso de obtención de información que se sitúa en la base del conflicto: También hay algunas partes un tanto crípticas, como cuando habla de "cesión de derechos fundamentales a cambio de una supuesta privacidad": En fin, eso de fallar según sople el viento mediático no puede traer nada bueno.